LA BANDERA DOMINICANA
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
PROCLAMADA EL 26 DE ENERO DE 2010
ART. 31 de la Constitución.
La Bandera Nacional se compone de los colores azul ultramar y rojo bermellón, en cuarteles alternados, colocados de tal modo que el azul quede hacia la parte superior del asta, separados por una cruz blanca del ancho de la mitad de la altura de un cuartel y que lleve en el centro el Escudo Nacional. La bandera mercante es la misma que la nacional sin escudo.
COMISIÓN PERMANENTE DE EFEMÉRIDES PATRIAS